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23 de abril de 2019

Lo condenaron a prisión perpetua por estrangular a su ex esposa y simular un suicidio 

Héctor Gallardo ya había sido declarado culpable de "homicidio doblemente agravado por el vínculo y por mediar violencia de género" por el crimen de Valeria Vivar en enero de 2016 en la ciudad chubutense de Comodoro Rivadavia.

Un hombre de 39 años fue condenado esta tarde a prisión perpetua por haber estrangulado a su ex esposa Valeria Vivar y simular un suicidio en enero de 2016, en una casa de la ciudad chubutense de

Comodoro Rivadavia

.

Se trata de Héctor Gallardo (39), quien la última pasada ya había sido declarado, en un fallo unánime, autor del delito de "homicidio doblemente agravado por el vínculo y por mediar violencia de género".

Durante esta jornada por la  tarde, nuevamente de manera unánime, el tribunal penal de

Comodoro Rivadavia

, integrado por los jueces Miguel Caviglia, Jorge Odorisio y Mariano Nicosia, le impuso la pena de
prisión perpetua.

El Ministerio Público Fiscal de

Chubut

(MPF) informó que en la audiencia de imposición de pena de esta jornada, la fiscal Cecilia Codina solicitó dicha condena y que se mantenga la prisión preventiva hasta que la sentencia quede firme.

"No es una pena que dure de por vida, tendrá salidas transitorias, libertad condicional y un horizonte de internación", aclaró la fiscal.

Por su parte, la defensora oficial Viviana Barillari pidió 20 años de cárcel por considerar que la prisión perpetua es "cruel, inhumana y degradante" y que "no cumple con los fines resocializadores de la persona".

Tras deliberar, los jueces finalmente sostuvieron que la prisión perpetua "no colisiona con los preceptos constitucionales ya que tiene un tiempo límite, no es indeterminable" y que "resguarda los principios de
culpabilidad, proporcionalidad, progresividad y reinserción social"
.

A su vez, el tribunal también coincidió con la fiscalía en mantener la prisión preventiva hasta que la sentencia quede firme.


Gallardo fue condenado al cabo de un juicio oral en el que también se juzgó a su madre Lilian Campos (60) como "partícipe necesario" del femicidio de Vivar (30), aunque la mujer resultó absuelta en una decisión por mayoría del mismo tribunal.

Según la fiscalía, los jueces entendieron que el accionar de Campos se podía calificar como "encubrimiento", pero la ley exime de dicho delito cuando involucra a dos personas con ascendencia o descendencia directa.

Ante esta resolución, Campos fue excarcelada inmediatamente después de conocerse el fallo ya que, al igual que su hijo, había llegado presa al juicio oral.

El hecho ventilado en el debate ocurrió entre las 4 y las 4.30 del enero de 2016, en una vivienda situada en Saavedra 1490, en el Barrio Pietrobelli de

Comodoro Rivadavia

, en el extremo sudeste de la provincia de

Chubut

.

Para la justicia, Gallardo estranguló a Vivar al presionar el cuello de la mujer con su antebrazo, tras lo cual, decidió ocultar el femicidio y realizó 23 cortes en ambas muñecas de la víctima.

Luego, el asesino colgó un trozo de sábana de una de las vigas del techo del lavadero de la casa y otro pedazo anudado al cuello de la mujer para simular un suicidio.

De acuerdo a la investigación, Gallardo y Vivar tenían tres hijos en común que vivían en un hogar sustituto por orden de la Justicia de Familia a raíz de las denuncias por violencia radicadas en contra del ahora condenado.

La fiscalía, la autopsia y los estudios complementarios establecieron "que no fue un suicidio, sino un homicidio" y que los 23 cortes que presentaba la víctima en sus brazos "fueron realizados post-mortem".

"Es imposible que la víctima pudiera colgarse ya que la escalera estaba en el patio y el cúter estaba limpio", aseguró la fiscal, quien consideró que el móvil del femicidio fue una "discusión previa" que Gallardo mantuvo con Vivar.

"Gallardo consideraba a Valeria de su propiedad, existía un avasallamiento subjetivo en la relación de pareja, ésta era una relación sujeto-objeto", añadió Codina.

anto Gallardo como Campos están acusados del femicidio ocurrido en enero del 2016.

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