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29 de agosto de 2019

La Corte aplaza la definición del conflicto entre la Nación y las provincias por el combustible

Fuentes del máximo tribunal estimaron que "no es momento de apresuramientos", cuando el conflicto por el impacto de las medidas del Ejecutivo todavía tiene chances de resolverse por la vía política.

 La Corte Suprema de Justicia aguardará que el procurador general de la Nación emita dictamen y que el Congreso avale o rechace los decretos presidenciales antes de emitir un fallo sobre los pedidos de las provincias para que se declare inconstitucional el congelamiento de los combustibles, que advirtieron que la medida afectará en forma negativa en sus economías.

Si bien

la procuradora Fiscal de la Nación, Laura Monti, dictaminó en el caso de Neuquén que la Corte debe terciar

entre el Estado nacional y los provinciales, por lo que se supone que en el resto de los planteos se resolverá en el mismo sentido, la Corte debe aguardar el resto de las definiciones para tomar una decisión.

La Corte, como máximo órgano de justicia, no tiene plazos para decidir, precisamente para poder manejar los tiempos y propiciar soluciones sin judicializar el proceso.

 En ese orden, los cinco miembros del tribunal tomaron nota de las declaraciones del miércoles pasado del ministro de Hacienda,

Hernán Lacunza, en el sentido de que el Gobierno está "buscando soluciones consensuadas"

al congelamiento del precio de los hidrocarburos, tras reunirse con el gobernador de Neuquén, Omar Gutiérrez.

No obstante, en el cuarto piso del Palacio de Tribunales destacaron que el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) firmado por el presidente para establecer el congelamiento de los combustibles por 90 días, debe pasar el trámite obligado ante la Comisión Bicameral Permanente de Trámite Legislativo. "Si se diera el caso de que la Bicameral lo rechazara, la intervención de la Corte quedaría abstracta", insistieron los voceros de la Corte, aunque aceptaron que sería un escenario inusual ya que desde hace más de una década que el Congreso no rechaza ningún DNU.

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